Hoola chic@s!
He venido rauda y veloz después de recibir el correo para contaros una noticia.
Os voy a copiar directamente esta información del Blog del grupo IDV, con sus enlaces y todo, ya que me parece de vital importancia, ya que much@s de vosotr@s estaréis en esta situación. (Como es nuestro caso)
Espero que os sirva de mucha ayuda!!
Nos leemos
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Últimamente, y dada la situación excepcional que estamos viviendo, esta es una de las preguntas más frecuentes que estamos recibiendo. Te contamos a continuación cómo está el panorama actualmente y en qué afecta el estado de alarma a la circulación de vehículos si tienen la ITV caducada.
¿Qué significa el estado de alarma?
¿Para qué puedo usar mi vehículo?
El estado de alarma es un régimen excepcional declarado por el Gobierno, mediante decreto acordado por el Consejo de Ministros y dando cuenta al Congreso de los Diputados. El cual entró en funcionamiento, como todos sabemos, el pasado sábado 14 de marzo. El Gobierno es a partir de este momento la única autoridad para toda España.
El decreto regula la limitación al movimiento de los ciudadanos en toda España, con la finalidad de abordar la situación de emergencia sanitaria provocada por la crisis del coronavirus o COVID-19. Afecta a todo el territorio nacional y su duración se establece en periodos de 15 días, los cuales pueden ser prorrogables en caso de que la situación se siga considerando peligrosa para la seguridad y la salud de los ciudadanos.
La limitación de la libre circulación es, pues, la característica más significativa del estado de alarma. Durante su vigencia, personas y vehículos únicamente podrán circular para la realización de las siguientes actividades consideradas de primera necesidad:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo y regreso al domicilio habitual si no existe la posibilidad de teletrabajo.
- Asistencia y cuidado de personas vulnerables y dependientes (personas mayores, niños y menores de edad, personas con discapacidad…).
- Para acudir a entidades financieras y de seguros en caso de necesidad.
- Por causa de fuerza mayor o situación de extrema necesidad.
Además, solo se permite que salgan de sus casas las personas de forma individual. Nunca acompañadas, salvo que deban ayudar a alguna persona en situación de extrema vulnerabilidad o dependencia.
De modo que, si cogemos nuestro vehículo para circular dentro de alguno de los supuestos anteriores, no podremos llevar dentro de él a ningún otro ocupante salvo en las ya mencionadas circunstancias excepcionales.
¿Qué pasa si me caduca la ITV
durante el estado de alarma?
Lo primero de todo, podemos estar tranquilos. Dado que nos enfrentamos a un caso excepcional a todos los niveles, a nivel de normativa también lo es.
Lógicamente a muchos de vosotros os va a tocar pasar la ITV en pleno periodo del estado de alarma que decretó el Gobierno el pasado sábado. Pero no debéis preocuparos, porque esto es uno de los supuestos que están contemplados.
Y es que queda suspendida de forma excepcional la obligatoriedad de pasar la ITV mientras dure el estado de alarma. La DGT y en consecuencia las estaciones de ITV donde pasar oficialmente las inspecciones se adhieren al lema “quédate en casa”. Se suspenden, por lo tanto, los controles de lectura de matrícula y las sanciones.
Mientras dure el confinamiento en el hogar de todos los españoles, quedan interrumpidos todos los trámites administrativos en este sentido.
Todo ello aparece recogido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020 (por el cual se declara el estado de alarma); concretamente en su disposición adicional tercera, donde se habla de la suspensión de plazos administrativos.
Esto quiere decir también que los agentes de la autoridad no van a sancionar a los conductores que se encuentren circulando por la vía pública (ojo, siempre atendiendo a los supuestos que mencionábamos en el apartado anterior; no podemos coger el coche salvo en tales casos) y tengan su ITV caducada.
"Queda suspendida de forma excepcional la obligatoriedad de pasar la ITV mientras dure el estado de alarma.CONSÚLTANOS TUS DUDAS AL RESPECTO Y DÉJANOS TUS DATOS Y TE AVISAREMOS CUANDO ABRAMOS NUEVAMENTE LOS CENTROS DE ITV."
En este sentido fue la propia AECA-ITV, la asociación que integra a la mayoría de centros de ITV, la que solicitó la suspensión de la actividad por el bien de todos los empleados de sus instalaciones y sus familias. Para evitar en la medida de lo posible la propagación del virus.
Obviamente la suspensión de la obligación de tener la ITV al día es una medida temporal hasta que se vuelva a la normalidad. A partir de que se decrete el final del estado de alarma, esta normativa seguirá funcionando como hasta ahora. Y tener la ITV al día seguirá siendo un requisito fundamental para garantizar la seguridad en las carreteras de todos. Y el incumplimiento de esta norma, volverá a ser sancionado.
La salud de toda la población es ahora mismo la prioridad absoluta. Si no conseguimos frenar la curva de contagios, la saturación de la sanidad puede acarrear consecuencias aun más graves para todo el país. Nuestra salud es, ahora mismo, responsabilidad de todos. Cuanto antes se respeten todas estas obligaciones, antes terminará la necesidad del aislamiento.
plas plas plas plas que buena aclaracion!!
ResponderEliminarbss y feliz confinamiento bombon
Me parece importante que la gente sepa este tipo de cosas. Un besote guapa
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